Los establecimientos farmacéuticos deben realizar la adquisición de productos y dispositivos médicos exclusivamente a través de proveedores autorizados.

 El Programa de Control de Medicamentos de la Secretaría de Salud de Boyacá recuerda a los establecimientos farmacéuticos que la adquisición de productos y dispositivos médicos debe realizarse exclusivamente a través de proveedores autorizados, con el propósito de garantizar la trazabilidad en toda la cadena de distribución, desde la producción hasta el consumidor final, y prevenir la falsificación, adulteración y contrabando, en cumplimiento de las competencias asignadas por la Ley 1122 de 2007.

“Los establecimientos farmacéuticos deben contar con facturas, actas de recepción, certificaciones, actas de visita de los entes reguladores, constancias de funcionamiento y demás documentos que acrediten la compra de productos farmacéuticos y dispositivos médicos a proveedores autorizados, ya sea para su comercialización o dispensación. Esta información se solicita durante las visitas de Inspección, Vigilancia y Control (IVC) realizadas por esta sectorial”, comentó Carolina García Manosalva, referente del Programa de Control de Medicamentos.

La autoridad sanitaria del departamento busca mitigar los riesgos asociados a la comercialización de productos que no cumplan con la trazabilidad exigida por la normatividad vigente, ya que podría afectar su calidad, seguridad y eficacia.

“Estamos comprometidos con la salud pública, con toda la población boyacense, y trabajamos para que se disponga de tratamientos que garanticen los estándares de calidad, seguridad y eficacia, preservando así su salud”, resaltó García.

(Fin/Laura Teresa Hernández Cristancho – UACP).
Unidad Administrativa de Comunicaciones y Protocolo.

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