La alcaldesa encargada de Tunja, María Paula Jiménez Gómez, expidió el Decreto Número 1.1.2-1.1 0159 del 2 de julio de 2026, con el cual retiró de manera definitiva la autonomía en materia contractual y presupuestal que mantenía la Unidad Especial de Contratación Estatal. Con esta determinación, la mandataria municipal dejó sin efectos el andamiaje administrativo previo y determinó que toda celebración de contratos, ordenación del gasto y manejo de los recursos públicos del municipio regrese de forma directa a su despacho, obligando a que cada proceso requiera de su firma personal.

La medida tumba en su totalidad el Decreto Número 0281 del 8 de mayo de 2024 y el Decreto Número 0084 del 24 de abril de 2026, disposiciones mediante las cuales la administración municipal había transferido de forma sucesiva sus funciones legales a la dirección de la Unidad Especial de Contratación Estatal. El rastro de los documentos oficiales evidencia que el esquema comenzó con el decreto firmado en mayo de 2024, mediante el cual se «delegó en el Director(a) de la Unidad Especial de Contratación Estatal el ejercicio de las funciones de celebrar contratos, adelantar procesos de contratación de mínima y menor cuantía, comprometer recursos, ordenar el gasto y el pago, y las demás facultades precontractuales, contractuales y post contractuales allí relacionadas».

Posteriormente, tras modificaciones intermedias que enviaron la ordenación del pago a la cartera de Hacienda, se emitió el Decreto Número 0084 del 24 de abril de 2026 por parte del alcalde encargado anterior, Carlos Gabriel Hernández Carrillo. Si bien dicha norma de abril pretendía retornar formalmente la ordenación del gasto al despacho principal, incluyó una cláusula específica que mantuvo el blindaje de la dependencia al «delegar al Director (a) de la Unidad Especial de Contratación Estatal de la Alcaldía Municipal de Tunja el ejercicio de las funciones correspondientes a adelantar los procesos de contratación en todas sus modalidades y cuantías, para lo cual tendrá la facultad de suscribir los actos administrativos requeridos dentro de las etapas precontractual, contractual y post contractual».

La existencia de este último mico normativo garantizaba que, a pesar de los cambios en la titularidad de la Alcaldía, la Unidad Especial de Contratación Estatal retuviera de manera exclusiva el control absoluto sobre el montaje, trámite y estructuración de los contratos de la ciudad, eximiendo al mandatario de turno de la gestión directa de los expedientes. Al detectar que la oficina conservaba esta facultad preferente sobre el engranaje contractual del municipio, la actual Alcaldesa encargada optó por cortar de raíz el esquema mediante una revocatoria total de los dos decretos en lugar de aplicar modificaciones parciales. En el nuevo acto administrativo de julio, la mandataria justificó la centralización de los procesos señalando textualmente que «considera necesario reasumir de manera directa el ejercicio de las funciones que fueron delegadas en el Director(a) de la Unidad Especial de Contratación Estatal, con el fin de garantizar la debida articulación institucional durante el actual periodo de transición administrativa».

Con el fin de no generar traumatismos ni frenar el desarrollo de los proyectos que se adelantan en la capital boyacense, el artículo cuarto del nuevo decreto estableció una fórmula de seguridad jurídica que reza que «todas las actuaciones administrativas, contractuales, presupuestales y de ordenación del gasto y del pago adelantadas con fundamento en dichos actos administrativos conservan plena validez y eficacia, sin verse afectadas por la presente derogatoria». La Alcaldía precisó que la vigencia del documento empieza a regir a partir de su firma y comunicación, salvaguardando las obras y licitaciones iniciadas previamente bajo el principio de irretroactividad.

Tomado de Periódico El Tunjano

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