El Juzgado Quinto Administrativo Oral de Tunja emitió sentencia en primera instancia en donde ordena al municipio de Tunja, realizar obras en la Calle 28 entre Avenida Colón y la Carrera 16.
El Despacho evidencia que, el estado a través de los entes territoriales tiene la obligación de recuperar y conservar el espacio público y garantizar el goce del mismo a todos los habitantes; sin embargo, en este caso por parte del Municipio de Tunja no se han desplegado las acciones administrativas necesarias para proteger eficazmente los bienes de uso público, específicamente en lo que atañe al cuidado y mantenimiento de la Calle 28 entre Avenida Colón y la Carrera 16, conllevando la vulneración de los derechos colectivos al goce del espacio público.
El Juzgado ordena al municipio de Tunja en un término no mayor a seis (6) meses llevar a cabo los estudios e inspecciones detalladas de los defectos observados por la Unidad Administrativa Especial para la Gestión del Riesgo de Desastres del Departamento de Boyacá a través del informe técnico del 24 de enero de 2023 en la Calle 28 entre Avenida Colón y la Carrera 16.
Dentro de los tres (3) meses siguientes contados a la realización de los estudios técnicos e inspecciones señaladas previamente, asigne los recursos públicos que sean necesarios para la ejecución de las obras de intervención.
Este fallo se da en respuesta a la acción popular presentada por el actor ciudadano Yesid Figueroa en la que solicitó el arreglo de estas importantes vías de la ciudad.
Tomado de https://facetasdeboyaca.com/
