Marco Antonio Palma, abogado, es el ciudadano que interpuso esta otra demanda frente a la elección como alcalde de Tunja de Mikhail Krasnov, basándose en inhabilidades por su doble nacionalidad y el contrato suscrito con la UPTC.
Estas son las declaraciones entregadas a Última Hora Noticias y el sustento de su acción legal:
«Esta es una actividad netamente personal y como ciudadanos responsables. No entendemos porqué hay unos ataques tan faltos de respeto para con nosotros si en este caso no somos nosotros quienes vulneramos la norma constitucional y pertinente respecto a las elecciones.
Desde el 17 de noviembre de este año se presentó una demanda de nulidad de las elecciones a la alcaldía de Tunja, primero al considerar que el ciudadano Mikhail Krasnov está inmerso dentro de la inhabilidad constitucional prevista en el artículo 40 numeral séptimo de la Constitución Política Nacional que indica que: “podrán acceder al desempeño de funciones públicas y cargos públicos, salvo los Colombianos por nacimiento o por adopción que tengan doble nacionalidad”.
Es decir, que según el abogado, entre los inhabilitados para ser alcaldes están quienes tengan doble nacionalidad, con excepción de los colombianos por nacimiento. Y también afirma que esta inhabilidad fue confirmada mediante la sentencia constitucional C151 de 1.997 cuyo magistrado ponente fue en su momento el doctor Vladimir Naranjo Mesa, que frente a un caso de nulidad, declaró que “en ningún momento se vulnera el derecho a la igualdad de ningún ciudadano toda vez que esta inhabilidad hace parte del marco constitucional en Colombia”, siendo así, la sentencia está en firme, por lo tanto no hay norma que contraponga dicho mandato constitucional.
La otra inhabilidad, que también se presenta en esta demanda es la del contrato que se firmó el seis de diciembre y terminó el 30 de diciembre del 2022.
“Tengamos en cuenta que este fue un contrato de prestación de servicios profesionales y que en nada tiene que ver con la cátedra que hoy en día las personas que están coadyuvando la defensa del ciudadano Krasnov tratan de unificar e indicar que lo que se contrató acá fue algo similar a una cátedra universitaria.
Primero no podemos perder la fecha en que se firmó toda vez que para el seis de diciembre ya había culminado el segundo semestre en la UPT. Segundo, que en ningún momento dicha vinculación como lo demanda la norma y el reglamento que rige a la UPT, se le vinculó dentro de acto administrativo que es la forma de vinculación de las personas que van a dictar la cátedra, entonces por ende consideramos que este ciudadano también está inmerso dentro de esta inhabilidad”.
A raíz de que las dos demandas contra el alcalde electo presentan similitudes y por agilizar la sentencia, se solicitó que fueran unificadas, pero el abogado palma considera que “deben seguirse por cuerdas diferentes independiente que en una de las inhabilidades sean iguales, pero debemos tener en cuenta que la forma de la presentación es totalmente diferente y a la vez tiene una inhabilidad de carácter constitucional. A pesar de ser conocidas por el mismo magistrado”.
Escrito por: DIANA MARÍA POSADA
Tomado de: https://ultimahoraboy.com/
