Según el Alto Tribunal, el alcalde hizo campaña a candidatos al concejo de otro partido político con lo que desconoció el deber de lealtad con el partido Colombia Humana.

    Comunicadora Social y Periodista de la Pontificia Universidad Javeriana.  Incorporada en Caracol Radio desde 2021. Cubro la información de Bogotá y Cundinamarca. Claudia Camila Vargascamivar08g

    JUSTICIA

    La Sección Quinta del Consejo de Estado revocó la sentencia de primera instancia proferida por el Tribunal Administrativo de Boyacá y en su lugar declaró nula la elección de José Luis Bohórquez López como alcalde del municipio de Duitama para el periodo 2024-2027.

    De acuerdo con los demandantes, Bohórquez López, en época de campaña electoral invitó a los electores a votar por los aspirantes al Concejo de Duitama que hacían parte de la lista del partido Polo Democrático Alternativo, pese a que Colombia Humana, movimiento en el que militaba, tenía lista de candidatos a tal Corporación.

    “El Consejo de Estado encontró que el accionado, durante el periodo de campaña electoral, expresó actos positivos, concretos e inequívocos de respaldo a los candidatos al Concejo de Duitama por el partido Polo Democrático Alternativo, con los cuales desconoció el deber de lealtad con el partido Colombia Humana, prescrito en el artículo 2.° de la Ley 1475 de 2011″, indicó el Alto Tribunal.

    Aunado a lo anterior, la Sala consideró que el argumento del accionado, en relación con que el acuerdo de coalición a la alcaldía lo facultaba para que, entre otros, manifestara su apoyo a cada una de las campañas adelantadas por los partidos integrantes no era válido “toda vez que no le es permitido a ninguna colectividad política desconocer las normas de rango constitucional y legal que imponen el deber de lealtad partidista, conforme lo ha señalado la jurisprudencia de la Corte Constitucional (SU-213/22) y de esta Sala de lo electoral”.

    Tomado de: https://caracol.com.co/

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