Decisión del Tribunal Administrativo de Boyacá proferida en 2025, ratifica que el departamento no tiene facultades para establecer descuentos en el valor de este tributo.

 La Gobernación de Boyacá informa a la ciudadanía que el impuesto sobre vehículos automotores es un tributo de carácter nacional, razón por la cual únicamente el Congreso de la República tiene la facultad constitucional y legal para crear, modificar tarifas o autorizar descuentos y beneficios tributarios sobre este impuesto.

En este marco, las gobernaciones del país, incluida la de Boyacá, cumplen exclusivamente funciones de administración y recaudo, sin contar con competencia legal para otorgar alivios tributarios, descuentos por pronto pago u otros beneficios relacionados con el impuesto vehicular.

Al respecto, una decisión del Tribunal Administrativo de Boyacá proferida en 2025, precisó que *el departamento no tiene facultades para establecer descuentos en el valor de este tributo.*

«En atención a lo dispuesto por la autoridad judicial y en estricto cumplimiento del marco normativo vigente, el Gobierno departamental adoptó la decisión de no otorgar descuentos por pronto pago a partir del año 2026. Desde la Gobernación de Boyacá reiteramos nuestro compromiso con una comunicación clara, transparente y responsable, actuando siempre dentro de la legalidad, acatando las decisiones judiciales y brindando información veraz y oportuna a todos los contribuyentes», indicó Juan Carlos Cetina, secretario de Hacienda de Boyacá.

El funcionario agradeció la comprensión de la ciudadanía y el cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias, ya que estás se traducen en inversión social, desarrollo y bienestar para todos los boyacenses.

(Fin / UACP).
Unidad Administrativa de Comunicaciones y Protocolo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *