Foto: Registraduría
La revocación de candidaturas a la Asamblea del Pacto Histórico en Boyacá, Colombia, es un evento que se basa en la violación de la ley electoral colombiana. Según la ley 1475 del 2011 y otras disposiciones legales relacionadas con el proceso electoral, está prohibido que quienes participaron como precandidatos en una consulta de un partido se inscriban como candidatos en el mismo proceso electoral por otro movimiento o partido político.
En este caso, los candidatos Carlos Eduardo Vega, Jonathan Javier Comba y Armando Buitrago participaron en las consultas del Partido Colombia Humana, pero luego se presentaron como candidatos por otros partidos (MAIS y Fuerza Ciudadana) en la lista de la Asamblea del Pacto Histórico en Boyacá.
Dado que esta acción viola la ley electoral, el Consejo Nacional Electoral (CNE) emitió la Resolución 11055 para declarar la revocatoria de sus candidaturas. La razón detrás de esta revocación es mantener la integridad y el cumplimiento de las normas electorales en Colombia, evitando que los candidatos eludan las restricciones mediante cambios de partido.
Es importante destacar que la lista de la Asamblea del Pacto Histórico en Boyacá no cuenta con el respaldo de la Colombia Humana ni de la Unión Patriótica, lo que podría haber llevado a los candidatos a buscar otras opciones políticas para participar en las elecciones. Sin embargo, la violación de las reglas electorales resultó en la revocación de sus candidaturas por parte del CNE.
Por Lorena
Tomado de https://boyacaleinforma.com/
